MÁS PROTECCIÓN PARA ACTIVISTAS Y PERIODISTAS

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México, D.F., 26 de junio del 2012.- El Presidente Calderón promulgó los decretos por el que se expiden la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y la reforma constitucional que permitirá a la Federación conocer de los delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten el derecho a la información o las libertades de expresión.
En su mensaje, el Primer Mandatario comenzó reconociendo la labor de quienes dedican su vida a investigar, documentar y denunciar violaciones a los derechos humanos así como la labor de reporteros y periodistas, mexicanos y extranjeros, que con su trabajo contribuyen a que tengamos una sociedad más informada.
Luego, resaltó que el periodismo ha sido pieza clave en la construcción del régimen de libertades que hoy disfrutamos en México.
Posteriormente, el Ejecutivo Federal destacó, algunos de los principales aspectos de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas:
  • El objeto de la ley es establecer la cooperación entre la Federación y las entidades federativas para implementar y operar las medidas que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo.
  • Se crea el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que estará integrado por tres órganos: una Junta de Gobierno, un Consejo Consultivo y una Coordinación Ejecutiva Nacional.
  • La ley detalla las Medidas Preventivas y de Protección que se podrán implementar para reducir la exposición al riesgo de periodistas y de quienes trabajan por defender los derechos humanos en el país. Éstas incluyen: Medidas Urgentes de Protección, como la evacuación o reubicación temporal de los periodistas y activistas amenazados el otorgamiento de custodias, escoltas y la protección de inmuebles. Medidas de Protección, que comprenden la entrega de equipos de comunicación; la instalación de cámaras y cerraduras en domicilios y oficinas; así como la entrega de vehículos blindados y otros elementos de blindaje. Medidas Preventivas, como instructivos, manuales, cursos de autoprotección y el acompañamiento de observadores de derechos humanos y periodistas.
  • Creación del Fondo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas con el propósito de cumplir el objeto de la Ley. El Fondo estará integrado por recursos de la Federación, primordialmente, a los que se sumarán los recursos anuales que señale el Presupuesto de Egresos, más los donativos que realicen empresas y ciudadanos, y los bienes que transfieran las entidades federativas o, también, los apoyos económicos que a este Fondo transfieran las entidades federativas.
El Primer Mandatario  señaló  que los decretos promulgados constituyen otra pieza adicional en este andamiaje construido en la presente Administración y representan una respuesta a legítimas preocupaciones por parte de periodistas y de activistas.
Finalmente, el Presidente hizo un llamado a los tres órdenes de gobierno, a los poderes públicos y a toda la sociedad para que sigan uniendo esfuerzos con el propósito de hacer de México un país seguro para ejercer el periodismo y defender los derechos humanos.

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