Sigue la guerra sucia contra Edil de Oaxaca de Juárez.

Oaxaca, febrero 24/2015.- En medio de un proceso electoral bañado de sangre y ataques mediáticos sobre algunos de los aspirantes a puestos de elección popular, aparece de nueva cuenta otro señalamiento más contra el Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez que busca poner en evidencia a su primer concejal, el presidente municipal Javier Villacaña Jiménez.

Y es que la media noche del lunes 23, llegó a esta redacción un mensaje enviado desde el correo electrónico BETO CEBALLOS <beto.ceballoz@gmail.com>, con el siguiente encabezado: COTAIPO CONFIRMA QUE CEDULA PROFESIONAL DE VILLACAÑA ES INEXISTENTE.

En una breve descripción del caso, quien envía la información, 14 documentos en formato pdf, resume:

SOLICITE QUE SE ME ENTREGARA LA CEDULA PROFESIONAL Y ELTITULO DE VILLACAÑA EL PRESIDENTE MUNICIPAL SE OAXACA Y SE ME NEGO LA INFORMACION Y ACUDI A LA COTAIPO PARA QUE SE ME ENTREGARA ESA INFORMACION PERO ESTA INSTITUCION DECRETO QUE LACEDULA DE VILLAÑA ES INEXISTENTE. LES ENVIO LA SENTENCIA PARA QUE LA LEAN.

AGRADECERE MUCHO NO DIFUNDAN MI NOMBRE POR QUE TEMO REPRESALIAS. GRACIAS

Como esta Redacción no solicito dicha información y el informante no es considerado fuente informativa, no existe la obligación periodística de mantener en secreto su identidad.

Una lectura de los documentos enviados y que son parte del caso tratado por la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (Cotaipo), están registrados de la siguiente manera:

Recurso de Revisión

Expediente: R.R./004/2015

Promovente: C Jorge Alberto Pérez Ceballos

Sujeto Obligado: Municipio de Oaxaca de Juárez

Consejera Ponente: Lic. Gema Sheyla Ramírez Ricardez

En dichos documentos se describe el proceso que siguió el promovente para solicitar y obtener copia de documentos personales del Edil Javier Villacaña Jiménes: 

Título y Cédula Profesional.

Primero solicito al ayuntamiento capitalino, vía electrónica, la mencionada información, la cual fue negada por la Unidad de Enlace, luego de explicarle que dicha documentación no se encuentra en los archivos municipales porque de acuerdo a la ley no es obligatorio para ninguna autoridad municipal hacer entrega de la misma o requisito para ocupar un cargo de ese nivel de gobierno.

Ante esa respuesta el Promovente acudió a la Cotaipo para expresar su inconformidad y reiterar su solicitud de información.

La instancia pública de información y transparencia le reiteró los argumentos esgrimidos por la instancia municipal, subrayando en su resolutivo que es INFUNDADO el motivo de inconformidad expresado por el Recurrente y en términos del artículo 73 fracción ll de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, se CONFIRMA la respuesta del Sujeto Obligado, esto atendiendo de que dada la naturaleza de la inconformidad solicitada la misma no es información generada por el Sujeto Obligado por causa del ejercicio de funciones de derecho público, además de no encontrarse dentro de las facultades del Honorable Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez contar en sus archivo con  la información referente al Título y Cedula Profesional del Presidente Municipal, además de no encontrarse dentro dela información catalogada como pública de oficio en el artículo 9 o 16 de la ley de Transparencia en Oaxaca.

Aun y que el Promovente-Recurrente solicitó cambiar a la Consejera Ponente por considerar que encubría al Edil por ser del mismo partido político, la Cotaipo resolvió lo antes mencionado.

Por lo que se concluye que la Cotaipo no argumenta que el presidente municipal no cuente con Título y Cedula Profesional, sino que esa información es inexistente y no se encuentra en los archivos municipales porque no es obligatoria por ley que este ahí.

Cosa muy diferente a lo que el encabezado del mensaje recibido por esta Redacción pretende establecer como resolución oficial, dando margen a una interpretación tendenciosa con fines más allá de lo informativo.
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