30 aniversario de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas
18 de diciembre de 2022
GINEBRA (15 de diciembre de 2022) - Todos los Estados miembros de la ONU deben ratificar y adherirse a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas como una señal genuina de compromiso para prevenir y erradicar las desapariciones forzadas, dijeron hoy expertos de la ONU. De cara al 30 aniversario de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas el 18 de diciembre, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias emitió la siguiente declaración:
“30 años después de su adopción, la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas sigue siendo un instrumento jurídico fundamental. La Asamblea General aprobó este documento histórico el 18 de diciembre de 1992.
La Declaración es un cuerpo de principios para todos los Estados que está diseñada para prohibir las desapariciones forzadas, prevenir su comisión y ayudar a las víctimas de tales actos y sus familias a develar la verdad, obtener justicia y buscar una reparación justa, pronta y adecuada.
Para conmemorar el 30 aniversario, el Grupo de Trabajo presentó un estudio de balance sobre la Declaración al Consejo de Derechos Humanos durante su última sesión en septiembre de 2022.
Nuestra investigación y análisis, nutridos por las contribuciones recibidas por varias partes interesadas, muestran cómo la Declaración ha contribuido significativamente al progreso del derecho internacional en materia de desaparición forzada, así como al desarrollo de la práctica internacional y la legislación y jurisprudencia nacionales. Este instrumento tan importante se cita regularmente en la jurisprudencia de los tribunales internacionales y nacionales.
Hoy, la Declaración refleja, codifica y consolida en gran medida el derecho internacional consuetudinario que es jurídicamente vinculante para todos los Estados. La prohibición de la desaparición forzada y la correspondiente obligación de investigar y sancionar a los perpetradores han alcanzado el estatus de jus cogens, es decir, un principio de derecho internacional que no puede dejarse de lado.
La Declaración se ha traducido a varios idiomas, además de los seis idiomas oficiales de la ONU, y se ha incluido en varios países como módulos específicos en los planes de estudios académicos, así como en capacitaciones dirigidas a los actores relevantes, incluidos los encargados de hacer cumplir la ley y personal médico, abogados, jueces y fiscales, defensores de derechos humanos, periodistas, sociedad civil y asociaciones de familiares de personas desaparecidas.
Al mismo tiempo, nuestro estudio muestra que persisten una serie de obstáculos en la implementación de la Declaración, y se refieren principalmente a las áreas de prevención, la aplicación interna de las obligaciones internacionales, búsqueda de personas desaparecidas y rendición de cuentas.
El Grupo de Trabajo reitera su disposición para ayudar a los Estados a identificar dichos obstáculos y superarlos, incluso a través de servicios de asistencia técnica, cooperación y asesoramiento.
Finalmente, el avance del derecho internacional en materia de desaparición forzada culminó con la adopción de la Convención Internacional sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, cuyas disposiciones se basan, en gran medida, en las de la Declaración.
Como un paso lógico hacia adelante, todos los Estados miembros que aún no lo hayan hecho, deben ratificar o adherirse a la Convención Internacional sin demora y reconocer la competencia del Comité contra las Desapariciones Forzadas para recibir y examinar comunicaciones individuales e interestatales.
Esta sería la mejor manera de conmemorar el 30 aniversario de la Declaración y una señal genuina de compromiso para prevenir y erradicar de manera efectiva las desapariciones forzadas”.
La declaración del Grupo de Trabajo fue respaldada por el Comité contra las Desapariciones Forzadas.
FINAL
*Los expertos: Sra. Aua Baldé (Presidenta-Relatora), Sra. Gabriella Citroni (Vicepresidenta), Sr. Luciano Hazan, Sra. Angkhana Neelapaijit y Sra. Grażyna Baranowska del Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias.
Consulte la convocatoria de contribuciones lanzada en noviembre de 2021 por el Grupo de Trabajo, el evento público para conmemorar el 30 aniversario de la Declaración y el video sobre la historia y la importancia de la Declaración presentado en esta ocasión.
Las traducciones no oficiales de la Declaración, así como los aportes recibidos, están disponibles en los idiomas de presentación en: https://owncloud.unog.ch/s/
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