TEPJF confirmó sanción del INE al PVEM derivada de un procedimiento administrativo sancionador relacionado a la capacitación de liderazgos políticos de las mujeres


La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría de votos, confirmó la sanción impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), derivada de un procedimiento administrativo sancionador oficioso en materia de fiscalización relacionado con el informe presentado por ese instituto político y referente al rubro de capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.

 
En sesión pública, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, se consideró que el INE justificó las diligencias de investigación en la necesidad de corroborar el cumplimiento del elemento cualitativo del gasto y fundó y motivó su determinación en consideraciones que el actor no controvierte. Asimismo, si bien el INE excedió el plazo para la resolución de los procedimientos, el tiempo transcurrido en exceso está justificado y no operó la caducidad.
 
El partido centró la defensa en que la responsable validó la existencia de los cursos y el destino de los recursos durante la revisión del informe anual 2018, siendo que fue la falta de certeza sobre esos aspectos lo que motivó el inicio del procedimiento oficioso.
 
Además, el INE sí cumplió lo ordenado por esta Sala Superior en una diversa sentencia, porque lo jurídicamente relevante radica en que realizó diligencias de investigación encaminadas a la localización del total de la población de alumnas que determinó como universo estudiantil y justificó las circunstancias que le impidieron alcanzar ese objetivo, sin que pueda obligarse a la autoridad a lo imposible. Finalmente, el cumplimiento del principio de anualidad requiere la culminación de las actividades dentro del mismo ejercicio y no solo la erogación dentro de él (SUP-RAP-28/2025).

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